BREVE ANÁLISIS SOBRE VICTIMIZACIÓN EN EL ECUADOR

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS PSICOLÓGICAS
SEMINARIO
DE PSICOLOGÍA JURÍDICA
ENSAYO
¿CUÁLES SON, EN SU OPINIÓN, LAS PRINCIPALES LECCIONES
DE LA VICTOMOLOGÍA PARA LA CASUISTICA DE LAS VICTIMAS Y LOS PROCESOS DE VICTIMIZACIÓN
EN EL ECUADOR?
AUTOR: Dr.
Carlos López Haz. MSc,
“Las pseudociencias son como las
pesadillas: se desvanecen
cuando se las examina a la luz de la
ciencia”.
Mario Bunge
INTRODUCCIÓN
La psicología como ciencia ha tenido un desarrollo rápido
y sostenido desde que ella fuera declarada como ciencia independiente en
Alemania, a finales de del siglo XVIII, tal evento sin duda asombró al mundo
del conocimiento y de la academia de la época, en la medida que se presentaba
una nueva ciencia capaz de explicar o intentar por lo menos, descubrir la leyes
primarias relacionados al comportamiento humano, fenómeno social que ha sido un
agente de interés en todos los tiempos.
Esta declaración rudimentaria de un primer aparato psicológico
expresado como conciencia y manejado desde la perspectiva experimental
Wundtiana, se constituyó en un camino
una vía para desarrollar, toda una ciencia que al paso de varios siglos, se ha
convertido en un gran núcleo un gran tronco, definida como Psicología General, de
la cual con firmeza se han desprendido o ramificado de ella sin posturas de rompimiento
con ella, subdisciplinas que han logrado el reconocimiento de la academia y de
organizaciones importantes, como es el caso de la APA (2015)[1] la misma que registra 56
divisiones de psicología, entre las que se destaca la Psicología Clínica, la
Psicología de la Salud, la Psicología de la Familia, la psicología social,
Análisis de la conducta, la Psicología Comunitaria, la Psicología Militar, la
Psicología Infantil entre otras.
En esta dirección tanto la Psicología General como las
Psicologías aplicadas han encontrado en la necesidad puntual de un problema de
la profesión, no solo su justificativo social y académico de existencia, sino
que también ha tenido la oportunidad en ese ejercicio para delinear su objeto
de estudio.
Es aquí entonces donde al presentarse la oportunidad de
hablar sobre Psicología Jurídica para abordar el tema central del presente
trabajo científico, es donde advertimos la existencia un quiebre de mucha
significación de esta tendencia con respecto no solo de la psicología troncal
sino que también con las psicologías aplicadas, como es el caso de la
Psicología clínica, la Psicología social, la Psicología de la salud y la
Psicología comunitaria, la Psicología de la familia; así como con disciplinas
como la Psiquiatría, la sociología y la Jurisprudencia, en su expresión más
universal como lo es el Derecho.
Al ser la Psicología Jurídica una disciplina de segundo
nivel en la medida que a ella le antecede la doctrina y las posturas del
Derecho y de la Jurisprudencia y en la medida que su esfera de actuación hablando de la
psicología Jurídica, se concreta dentro del sistema judicial de un país, ello
condicionada y delimita su carácter de independencia, carácter que siempre la
Psicología General así como las Psicologías aplicadas, lo conservan.
El problema entonces radica en pretender configurar como
disciplina científica a la Psicología Jurídica cuando en realidad sus temas de trabajo son de
naturaleza interdisciplinaria, en tanto en esos aparentes problemas de la
profesión, perfectamente encuentran solapamiento de las otras Psicologías como
también de esas otras disciplinas.
La interrogante se desprende por sí misma, ¿Qué nos queda
de Psicología Jurídica si a ella le retiramos los aportes tomados al arbitrio
de las Psicologías aplicadas? La
respuesta es “muy poco” Esta reflexión entonces alcanzaría para un tanto para entender
por qué la APA, no reconoce a la Psicología Jurídica como una “división
independiente” a pesar de existir una fuerte corriente en el mundo de hablar y
escribir sobre estos tópicos.
SOBRE
PSICOLOGÍA JURÍDICA
Morales y García (2010) al respecto de la Psicología
Jurídica señalan que la definición de Psicología ha experimentado toda una
variedad de modificaciones durante su proceso de consolidación, en ese tránsito
y dado el contexto en el que actúa, ha recibido nombres como: Psicología
Forense, Psicología Legal y la más reconocida
Psicología Criminológica.
APA (2010) reconoce a la American Psychology - Law
Society como la división 41 en su sistema de clasificación de las Psicologías, a
quien la define como una esfera de la Psicología que aplica sus principios
ligados al campo legal, al tiempo que estudia la interacción entre la esta
disciplina y el sistema legal; ello es lo más cercano a lo que se define como
Psicología jurídica. Sin embargo la aplicabilidad de los constructos y
fundamentos teóricos se encuentran postergados a primaria acción de un delito o de un
rompimiento de la ley.
Soria (1998) sobre Psicología Jurídica en base a la serie
de clasificaciones que han surgido, ha tenido en Estados Unidos, Europa y
América Latina, propone un ordenamiento un tanto similar a los otros; para el
autor la Psicología Jurídica se destaca principalmente en la áreas de lo penal,
policial, esfera penitenciaria, delincuencial del menor, resolución de
conflictos y la victimología.
La Criminología y la victimología son esferas de trabajo
de la Psicología Jurídica, las cuales tiene historias compartidas con así como
situaciones distintas en su desarrollo, pero todas ellas ligadas al derecho. Tanto
la criminología como la victimología encuentran en su origen en los escritos de
novelistas y de sociólogos, lejos estaba que la Psicología como tal, señalara
las primeras aproximaciones a esta nuevas disciplina.
Es para la década de los setenta que se
inicia a hablar sobre la “victima” y este mérito de los reconoce a Hans Von
Hentig como el padre de la criminología, para este autor, el proceso de la
victimología tiene necesariamente dos actores a saber: el victimario y la
víctima, correspondiéndole a este último un papel de contribución de su propia
condición lo cual es cuestionable y debatible.
Muraro (2015) siguiendo a Von Hantig comenta los cinco
tipos psicológicos los cuales se reconocen por las características típicas que los
configuran, como por ejemplo el “depresivo que encuentra disminuido por su
estado su concepto de auto-conservación, por lo que se expone al riesgo; el
“ambicioso” que se vuelve victimizable dado su grado de ambición; el Lascivo
que se aplica a las mujeres a los delitos sexuales o en su defecto a sujetos
que ha provocado o inducido el acto; el “solitario o acongojado” el cual
descuida su defensa en busca de compañía o consuelo; el “atormentador” que martiriza a otros hasta llegar a
victimizarlo y finalmente el “bloqueado, excluido agresivo” quien en su imposibilidad de defensa y marginación
se constituyen fácilmente en víctimas.
Existen muchos modelos teóricos que pueden explicar de
alguna manera pero el que más se ajusta, es sin duda el del entorno y el de los
factores psicosociales, pues ellos se constituyen en agentes de configuración
de esas manifestaciones que los sujetos que
se constituyen en sujetos con perfiles de ser potenciales víctimas en
sociedades como las nuestras en el mundo de hoy.
OFENSOR Y VICTIMA
ESPACIOS DE
RECONCILIACIÓN
Una nueva agenda a trabajar se propone la victimología
moderna es la que algunos están llamando momento de la reconciliación, la misma
que se constituye como un espacio para acerca a victimarios y víctima, con el
fin de sanar o recuperar a los actores que ha experimentado alguna forma de
daño por la concreción de un delito.
Fattah (2014) sobre este tema señala que este espacio de
reconciliación entre el ofensor y la víctima, ha ganado interés y popularidad, aunque
reconoce que no es un proceso fácil. Aunque la tarea primordial en este espacio
o por lo menos en la mayoría de ellos, es
garantizar la restitución por parte del ofensor hacia su víctima así como
supervisar que el victimario cumpla con el proceso de “mediación” que está
obligado a realizar.
Elías (1983ª, 1983b) hace referencia a la experiencia
americana de intentar recompensar a la víctima por parte del agresor, como un
intento de aliviar y también de ejercer en el ofensor un proceso de cambio.
El tema es algo complejo en tanto se intenta aproximar al
sujeto sano y violentado con el sujeto insano y ofensor por naturaleza, mediado
por un sistema que de alguna manera no ha logrado proteger al ofendido, que en
casos algo comunes, suelen ser víctimas de dos hechos delictivos, lo que matiza
ya de modo particular y singular al actor y sus vivencias.
Existe controversia en el tema por cuanto se considera
que el ofensor de base tiene un trastorno de conducta o de personalidad u
orgánico en algunos casos y por lo tanto, estamos en referencia de un sujeto
con un fondo psicopatológico, que complica la posibilidad de establecer
procesos de cambio o remediación en el sujeto. La psicología clínica y la Psiquiatría
han reclamado su trabajo con respecto al manejo de los sujetos con estos
desordenes, los cuales han delinquido como una consecuencia directa de esas
alteraciones y por lo tanto ya son sujetos que a Psicología forense intenta
atender desde los constructos de la clínica pero pretendiendo desconocerla.
Resulta entonces algo muy difícil y hasta raya un poco en
lo imposible de intentar realizar procesos de remediación conscientes en
sujetos delincuentes con daño moral severo y con diagnóstico de trastornos de
personalidad antisocial o psicopatías con sujetos sanos pero afectados por su
condición de víctima.
Aquí también es poco factible establecer procesos de
mediación en la medida que el acto en sí
de la mediación, demanda una acción voluntaria de un sujeto para participar en
un proceso donde debe responder a los acuerdos que el mediador logre
establecer.
VICTIMOLOGÍA
Y REALIDAD ECUATORIANA
En el país de acuerdo a la última encuesta sobre la
percepción del delito, realizada en el año 2011, esta investigación ubica la
edad de los 16 años en adelante, como víctimas de robo, estafas, intimidación,
lesiones, heridas y secuestro.
De estos aspectos se destaca dos idea centrales la una
que tiene que ver con la idea de que las victimas consideran que el sector donde radican no es seguro, lo cual
se asocia también al sentir de las personas que la ciudad es peligrosa. De
manera puntual se debe indicar que la ciudad de Guayaquil no resulta ser la
ciudad más peligrosa, a pesar de la percepción de los ciudadanos.
Según el INEC (2011) Los datos señalan que en Guayaquil
apenas el 7.50% de los encuestados
reconocen a esta principal urbe como peligrosa, mientras otras ciudades
de la serranía marcaron el 17.35%, ello nos induce a pensar que este sería uno
de los factores que contribuiría a la configuración de sujetos que se
constituirían en posibles víctimas del delito.
En esta tendencia es de importancia señalar que la idea
de ser víctima de un delito se vuelve como una realidad cotidiana que amenaza
la seguridad de los ciudadanos y que afecta notablemente la idea de seguridad,
es el temor a ser asaltado en el uso del sistema de transporte público, aquí el marcador resulta de importancia en cuanto el valor registrado fue de 71.89% de
los sujetos encuestados, en contraste con la idea de ser víctima de robo en la
casa, cuyo índice fue apenas del 20.51%. este abanico de riesgo configura ya en
los imaginarios sociales y en los colectivos públicos una condición de vivir en
riesgo y configurar con cierta facilidad uno de los tipo personales de
victimización de Hantig.
Si otra de las teorías del delito, hablan de los factores
psicosociales que participan en la configuración de agentes que pueden
traducirse en la cristalización de un delito que dejará como secuela una o varias víctimas, las respuestas que dan
los ciudadanos encuestados sobre las posibles causas que participan en la
generación de delito, ubican al desempleo como primera causa y el consumo de
drogas, los marcadores logrados fueron de 23% y 18.65% respectivamente,
ubicándose la falta de agentes policiales muy por detrás de esos marcadores, le
correspondió el 9.64%
Estas tendencias de modo particular las dos primeras no
encuentran relación con los marcadores socio-políticos que el país declara de
manera constante y que de alguna forma le han merecido el nombre del “milagro
ecuatoriano” en tanto se han reducido niveles históricos de analfabetismo,
desnutrición infantil, la reducción de la tasa desempleo entre otros aspectos,
los cuales negaría esas condiciones psicosociales las cuales la teoría de la
criminalización y de la victimología levemente comentadas en las líneas
anteriores.
Queda claro entonces que el tema de la seguridad pasa
efectivamente por la percepción del sujeto más que por la realidad que se vive
en sociedades como las nuestras, a ello se debe sumar el efecto mediático que
tiene la crónica roja cuyas finalidades, constituyen elementos que tiende a
reproducir o exacerbar las no solo de los ciudadanos que de alguna manera los
pone en condición de temor y ello es un inductor del riesgo para la ser
víctima, sino que también de algún modo también alienta a los sujetos que delinquen.
Una de las consecuencias que trajo el incremento de la percepción
de la seguridad en el Ecuador, fue el descenso de la institucionalidad judicial
y todas sus organizaciones adherentes, este resultado justifica o por lo menos
explica los resultados que se obtuvieron, en la encuesta en referencia, así los
sujetos investigados encuentra un baja confianza en los organismo de control y
protección a la mujer aquí solo el 6,34% de los investigados siente confianza
en las “comisarías de la mujer”, vale destacar que ese marcado representa el
más alto en la investigación en la cual nos estamos respaldando para este análisis. Otra de las
instituciones simbólicas relacionadas con el sistema judicial como lo es la
policía especializada en menores encuentra la segunda posición alta con apena
el 5.93% de las respuestas de los sujetos participantes.
Algo que en la lógica y en la dirección que llevan las
respuestas sobre la percepción disminuida sobre la seguridad de los ciudadanos encuestados,
y que debía consultarse, cuyo valor logrado era de esperarse en los resultados
obtenidos en esta dirección, sobre la institución insigne del sistema legal
ecuatoriano como lo es la “fiscalía”, esos resultados hablan de un total
desacuerdo y desconfianza, al punto que la puntuación que se registró resulta
ser una de las más bajas en este estudio, así el registro fue de apenas el 4.28
% de confianza, ese resultado es
crítico. La diferencia es mínima y la tiene la confianza en el “sistema de
rehabilitación social” donde el marcado fue de 4.07.
Los resultados de estas dos últimas variables indican de
manera categórica la crisis del sistema judicial para la época que de planteó
este estudio, cuyo sentir en la
población se constituyen en factores de riesgo para el control y modulación de
la delincuencia y su par inseparable que es la victimización.
CONCLUSIONES
·
La psicología Jurídica no es una disciplina
independiente de la psicología y necesita tomar postulados, técnicas,
procedimientos, metodologías de otras psicologías
para logar configurarse como disciplina extremada de dependencia con las otras
psicologías.
·
La esfera de actuación o trabajo de la
psicología jurídica se concreta en el ámbito de la ley y de la
legislación, ello no solamente
condiciona o limita a la psicología, sino que la pospone y obliga a esta, a
tomar y entrometerse en áreas y esferas de actuación de las otras psicologías.
·
La
APA solo reconoce a la psicología de la ley que tiene diferencias sustanciales
con lo que propone a psicología
jurídica.
·
Existen varios términos para definir a la
psicología jurídica entre los que se conoce a la Psicología forense, la
psicología legal, la psicología jurídica entre otros, los cuales tienen diferencias
puntuales entre ellas.
·
La temática de la Victimología constituye una
agenda relativamente nueva y se encuentra como área de trabajo de la Psicología
jurídica, sin embargo carece de métodos propios y requiere usar no solo
metodologías y técnicas de otras psicologías, sino también constructos y
definiciones.
BIBLIOGRAFÍA
AMERICAN
PSYCHOLOGICAL ASSOCIATION.(2015) Careers in Psychologys, revista electrónica
disponible en http://www.apa.org/action/careers/index.aspx.
AMERICAN
PSYCHOLOGICAL ASSOCIATION (APA). (2010). American Psychology – Law Society. Disponible
en http://www.apa. org/about/division/div41.htm
ECUADOR
EN CIFRAS (2011) Encuesta de Victimización y Percepción de Inseguridad,
disponible en http://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Victimizacion/Presentacion_principales_resultados.pdf
ELÍAS, Robert. (19969)
“Paradigms and Paradoxes of Victimology”, Victimology: Selected papers from the
8th International Symposium - Conference Proceedings, eds. C. Sumner and R.
Israel, M., O’Connell, M. & Sarre, Canberra, Australian Institute of
Criminology, pp. 9–34.
[http://www.aic.gov.au/media_library/publications/proceedings/27/elias.pdf].
MORALES
Luz. y GARCÍA Erick. (2010) Psicología Jurídica: Que hacer y desarrollo,
revista electrónica Divers.: Perspect. Psicol. / ISSN: 1794-9998 / Vol. 6 / No
2 / 2010 / pp. 237 – 256, disponible en http://www.usta.edu.co/otraspaginas/diversitas/doc_pdf/diversitas_10/vol.6no.2/articulo_3.pdf
MURARO,
Federico. (2015) Tipologías de Hans Von Hantig, Centro de Difusión de la Victimología,
Buenos Aires – Argentina, disponible en http://fmuraro.tripod.com/von_hentig.htm
SORIA,
M. (1998). Psicología y práctica jurídica. Barcelona: Ariel Derecho.
0 comentarios:
Publicar un comentario